Como cada semana os compartimos las últimas noticias que nos han llegado. En este caso, el pasado 23 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Y, el pasado 29 de julio, la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia:

http://www.boe.es/boe/dias/2015/07/23/pdfs/BOE-A-2015-8222.pdf

Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia:

En materia de violencia de género, la principal novedad es el reconocimiento como víctimas directas a las hijas e hijos de aquellas mujeres que sufren violencia de género, al tiempo que recuerda a juezas y jueces que siempre deben pronunciarse sobre las medidas cautelares que les afectan.
Además, les declara como sujetos de la protección que la normativa brinda en la actualidad a sus madres, pero también en violencia doméstica. Así, se lleva a cabo una reforma del sistema de pensiones que impide a las personas que maten a otro pariente cobrar la pensión que su muerte haya generado, sea cual sea.
Por otro lado, las hijas e hijos de un matrimonio en el que un cónyuge mate al otro podrán cobrar además, la pensión de orfandad completa, aunque el padre o madre homicida siga con vida, y ésta será de mayor cuantía, pues se le reconocerá el 100% de la base reguladora, y no un porcentaje sobre la misma, como hasta ahora.
Esperamos que sea de vuestro interés.

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